¿Tiene algún coste modificar la potencia contratada?

Para los aumentos de potencia, de acuerdo con el que establece la Ley, el coste por realizar una ampliación de potencia viene determinada y regulada por los cuatro conceptos que componen los llamados derechos de acometida: derechos de extensión a la red, derecho de acceso a la red, derechos de entronque y actuaciones en equipos de medida.

Aunque las compañías distribuidoras somos las encargadas de llevar a cabo los trabajos, corresponde a las comercializadoras informar a sus clientes de los costes de las modificaciones solicitadas. También se encargan de trasladar estos costes a la factura habitual de consumo una vez quedan hechos.